miércoles, 29 de julio de 2015

Servicios y Derechos Aduaneros

Servicio  Aduanero:
Tiene  por finalidad intervenir y controlar el paso de mercancías extranjeras y nacionales o nacionalizadas, a través de las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo, a objeto de determinar y aplicar el régimen jurídico al cual dichas mercancías están sometidas.

Derecho Aduanero:
Es la  que tiene por objeto regular los tributos incidentes sobre las importaciones  calificadas de impuestos (arancel de aduanas), cualquiera que sea su denominación, forma de recaudar o destinación.

Tributo Aduanero:
 Todo impuesto que grava el comercio internacional, siempre que no constituya:
·         Remuneración por servicios prestados a los importadores.
·         Simple extensión a los productos importados, tributos internos cobrados igualmente a los productos nacionales.
 Características Del Derecho Aduanero:
1.- Es Derecho Público:
·         El estado es sujeto, esencial y dominante.
·         El Estado tiene prorrogativos.
2.- Es De Orden Público:
·         No puede ser derogado por convenios particulares.
·         Igualdad de impuestos.
3.- Es una Nueva Rama Del derecho.
·         Autonomía
·         Propia estructura
·         Normas propias
·         Ingreso público, desarrollo social
4.- Impuestos Indirectos
·         Monto del gravamen o parte de él es trasladado al consumidor final.


Finalidades Del Derecho Aduanero:
    1.       Garantizar la salud y las condiciones de vida.
2.      Lograr una actuación de carácter ético y solidaridad humana.
3.      Fomentar el desarrollo económico.
4.      Proyectar y preservar el status político y social.
5.       Suministrar informaciones estadisticas
6.      Percibir un tributo:
             ·         Impuesto
             ·         Tasa

Potestad Aduanera:
 Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que realicen trafico internacional, así como las mercancías que contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional.

Privilegios Del Fisco Nacional:
El Fisco Nacional tendrá privilegios, preferente a cualquier otro, sobre los biens a que se refiere el art. 5º de la L.O.A., para exigir el pago de los impuestos, tasas, intereses moratorios, penas pecuniarias y otros derechos o cantidades que se originan en virtud de lo establecido en ella.

1.- Carácter Administrativo:
·         El Fisco no presta caución para una actuación judicial.
·         No paga impuestos nacionales, ni municipales.
·         Obligación de todas las autoridades de colaborar con los funcionarios de hacienda.
2.- Carácter Procesal:
·         Los bienes de la nación no son embargables, ya que no están sujetos a medida de ejecución.
·         Toda sentencia definitiva debe consultarse al tribunal superior.
·         Los apoderados del fisco nacional, tienen la obligación de hacer valer en cualquier juicio, todos los recursos sin necesidad de autorización especial.
·         Los tribunales deben darle prioridad a los juicios en donde está implicado el fisco nacional.
·         Tiene carácter de título ejecutivo todas las liquidaciones de crédito a favor del fisco.
3.- Carácter Civil:
·         No es admisible compensación en contra del fisco.
Privilegios Específicos:
1.- Retención de mercancías por falta de pago:
·         Cuando exista demora en el pago de las cantidades líquidas y exigibles causadas por motivo del pago de mercancías a través de las aduanas, éstas podrán retener las demás que hayan llegado a nombre del mismo consignatario hasta que el pago se efectúe.
2.- Prenda:
·         El Fisco no presta caución para una actuación judicial.
3.- Aprehensión de mercancías:
·         Mercancías retiradas de la zona aduanera, sin que hubiese cumplido los requisitos establecidos en la ley.
Ámbito de aplicación de la potestad aduanera:

Las aduanas constituyen verdaderas barreras que protegen al país en el intercambio comercial de los productos procedentes del exterior, de tal manera que la política aduanera nacional ejercida mediante la potestad aduanera es un excelente mecanismo coadyuvante a la protección económica de la nación, ya que estas políticas  bien concebidas y racionalmente bien planificadas protegen y fortalecen a la industria y al comercio nacional legalmente establecido.

Historia de Las Aduanas

HISTORIA DE LAS ADUANAS


De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, en su décima novena edición, el vocablo “Aduana” deriva del árabe “ad-divoana” que significa “el registro”. Hay quienes afirman que se origina del italiano “duxana” porque en Venecia las mercancías pagaban un impuesto de entrada que pertenecía al “Dux”.  Otros opinan que deriva de “douana” o “dovana”, que significa “derecho”. Sin embargo, cualquiera que sea su significado etimológico, “aduana” se utiliza para designar las dependencias gubernamentales que intervienen en el tráfico internacional de las mercancía  que se importan o exportan y que se encargan de cobrar los impuestos que las gravan. En este concepto debe aclararse que las aduanas intervienen también en el cabotaje, aunque en esta operación no exista tráfico internacional; pero es también función de las aduanas cuidar que las mercancía de cabotaje que lleguen a otro puerto nacional, sean las mismas que se embarcaron.


Independientemente de las implicaciones económicas del Comercio Internacional, puede decirse que su intensificación y su regulación son los antecedentes de los servicios aduaneros, considerados éstos ya sea como medio de incrementar los ingresos fiscales a través de los impuestos a la importación y a la exportación, o bien como instrumento para implementar cualquier medida económica de tipo proteccionista que se adopte.


SUS FUNCIONES PRINCIPALES SON :

  •   La vigilancia y control de la entrada y salida de mercancías y medios  de transporte por las fronteras, aguas territoriales o espacio aéreo.
  •      Determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por el punto anterior.
  •      La resolución de los reclamos, recursos , peticiones y consultas de los importadores y exportadores.
  •      Impedir las importaciones y exportaciones ilícitas.
  •      La prevención, persecución y sanción de las infracciones aduaneras.

ADUANAS PRINCIPALES:
Estas estarán habilitadas para las operaciones de importación, exportación y transito. Igualmente podrá prestar servicios de transbordo, cabotaje y bultos postales
Entre las aduanas principales están: La Guaira, Aérea de Maiquetia, Postal de Caracas, Puerto Cabello, Los llanos Centrales, Las piedras de Paraguaná, Maracaibo, Puerto La Cruz, entre otras.


ADUANA SUBALTERNAS:
Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción.
Entre las aduanas subalternas están: Higuerote, área de la Carlota, área metropolitana de Caracas y área del centro, Turiamo, área del palito, La Vela, Tucacas, Punta Cardon, San Juan de los Callos, Adícora, Puerto de Amuay entre otras.